AUTO - REGISTRO / SELF CHECK-IN

Por regulación nacional es necesario proveer cierta información de todos los huéspedes al ministerio de turismo.
Muchas gracias por tomarte el tiempo de llenar esta información 😉

Titular de la reservación - Paso 1 de 3

En cumplimiento de un mandato normativo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MCIT), en el artículo 2 de la Resolución 409 de 2022, se expresa que es deber de todo prestador de servicio turístico de alojamiento informar al MCIT los datos requeridos para el diligenciamiento de la Tarjeta de Registro de Alojamiento (TRA). La recolección de dicha información es en teoría con fines estadísticos para la toma de decisiones en materia de política pública. No obstante lo anterior, para los fines propios de la actividad comercial, el prestador se encuentra en la obligación de solicitar el consentimiento del huésped para el tratamiento de datos personales.